Con la Reforma Fiscal de 2015, la Ley 26/2014, de 27 de noviembre introduce un nuevo instrumento de ahorro a largo plazo, conocido como Plan de Ahorro a Largo Plazo o Plan de Ahorro 5 y que se puede instrumentar a través de un seguro de vida (SIALP: Seguros Individuales de Vida/Ahorro a Largo Plazo) o bien a través de un depósito bancario (CIALP: Cuentas Individuales de Ahorro a Largo Plazo). Como ya veremos, el principal atractivo de ambos es que están exentos fiscalmente si se mantienen al menos durante 5 años y con un límite máximo de aportación anual de 5.000 euros.
Además, hay que tener en cuenta que sólo es posible tener contratado uno de estos productos financieros (seguro de vida SIALP o depósito bancario CIALP), ya que, según la legislación, “un contribuyente sólo podrá ser titular de forma simultánea de un Plan de Ahorro a Largo Plazo”. Por lo tanto, las aportaciones se pueden hacer sólo a través de uno o sucesivos seguros individuales de Vida (SIALP) o depósitos y contratos financieros (CIALP).